EL VIES legalmente.
VIES es un Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA o concretamente el IVA intracomunitario.
Concretamente el censo VIES, el cual sirve como un buscador para identificar empresarios y profesionales, pueden operar en la Unión Europea y emitir una factura en ventas o prestación de servicios sin incluir el IVA, por ello también llamado IVA intracomunitario.
A través del número NIF de IVA intracomunitario la cual se incluye en el ROI ( Registro de Operadores Intracomunitarios) para incluirse en el ROI se tiene que dar de alta mediante la Vies Aeat mediante el NIF (número de identificación fiscal).
- Qué es el VIES?
Concretamente es un censo el cual sirve como un buscador para identificar qué empresas pueden operar dentro de la Unión Europea a través de un número NIF intracomunitario de IVA válido.
Esto no termina aquí, y es que para poder operar dentro de la Unión Europa y trabajar así con empresas o profesionales que en ella operen, debes saber que también debes estar dado de alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).
El proceso de verificación es llevado a cabo por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (más conocida como AEAT).
- Cómo estar en el censo VIES mediante el número NIF?
El inscribirse en el ROI lo que necesitas es presentar el modelo 036 en la AEAT, puedes hacerlo de forma presencial o telemática.
Para cumplimentarlo, debes marcar la casilla 582 y es muy importante que indiques la fecha en la que vas a realizar la primera factura intracomunitaria, esto lo tendrías que hacer en la casilla 584.
Recuerda, dos casillas, 582 y 584 (además de los típicos datos que solicitan en cualquier impresora para con Número intracomunitario AEAT VIES).
Cuando revisamos si una empresa es visible, pueden ocurrir dos cosas, que esté inscrita y podamos realizar la operación con el IVA intracomunitario o que no esté inscrita, en cuyo caso se tendrá que realizar la operación como si se tratase de una operación normal realizada en España.
En este último caso no se podría reducir la carga del IVA, puesto que la otra empresa no opera a través del ROI, por lo que se lo debemos comunicar en el momento en el que vayamos a realizar la factura, puesto que hay empresas que creen que no es necesario inscribirse para poder operar.
- Cómo validarlo?